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DEFENSORÍA DEL OYENTE Y ESPECTADOR
DEFENSORÍA DEL OYENTE Y ESPECTADOR
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Conforme al Reglamento que regula la
actividad del Defensor, los oyentes y
espectadores que presenten quejas
deberán hacer constar su identidad y
dirección o teléfono. El Defensor no
puede tramitar quejas anónimas.
La actividad del Defensor del Oyente
y el Espectador puede consultarse a
través de su blog:
http://blogs.canalsur.es/defensorrtva/
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